La boda de Isabel de Castilla y Fernando de Aragón supuso una unificación de ambos reinos, acrecentándose esta unión por la política integradora del matrimonio, que respetaba la organización político-administrativa de los reinos que formaban dicha monarquía.
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Esta situación, aunque sufrió diversas modificaciones a lo largo del tiempo, tuvo su culminación en el siglo XVIII, con la desaparición del reino de Aragón, por la creación de los Decretos de Nueva Planta, que implantará un modelo de organización absolutista. Veamos como se llegó a esta situación:
El 1 de noviembre de 1700 moría, en Madrid, el rey Carlos II sin dejar sucesión. La noticia llega a Versalles cinco días después y el día 16 Luis XIV aceptaba lo estipulado en el testamento del monarca, que reconocía a su nieto, Felipe de Borbón, como heredero de la corona española por ser sobrino-nieto del fallecido monarca español.
Felipe era hijo del Gran Delfín de Francia, Luis, y por lo tanto nieto del matrimonio formado por el rey de Francia Luis XIV y María Teresa de Austria, hija del monarca español Felipe IV.
Pero el archiduque Carlos de la Casa de Austria, como el fallecido Carlos II de España, no aceptaba que fuera Felipe de Borbón el poseedor de los derechos sucesorios de la corona Española.
Pronto la Corona de Aragón se pone del lado del candidato austriaco y Europa entera se divide entre ambos bandos, dando así comienzo la Guerra de Sucesión por la Corona Española, enfrentamiento que tendría su fin con la firma del Tratado de Utrecht, el 13 de julio de 1713, aunque se mantendría en Cataluña hasta la caída de Barcelona el 11 de septiembre de 1714, y Cardona una semana después.
Como consecuencia, Felipe V, para afirmar su soberanía, procedió a dar una serie de decretos conocidos como “de Nueva Planta”. El objetivo de estos era organizar España desde el centralismo y el absolutismo, eliminando de un plumazo la política de los Austrias, más pacifista.
Pronto, Valencia, Aragón, Cataluña y Mallorca fueron recibiendo estos decretos que eliminaban sus fueros, Cortes, Diputaciones e incluso las instituciones municipales, conservando únicamente su derecho civil; permitiéndose la utilización de sus idiomas, aunque dando prioridad al castellano.
El Sistema del Real Acuerdo lo componían un capitán general que era impuesto por el rey, teniendo las funciones de jefe político y militar, y una Audiencia, cuyos magistrados eran del gusto del propio rey.
También aparecieron el regidor vitalicio y los corregidores en las principales ciudades, todos ellos castellanos. También, como consecuencia de todo, desaparecieron las antiguas aduanas entre Aragón y Castilla. El sistema fiscal sufrió cambios importantes, equilibrando la carga fiscal a la de Castilla y aparecieron los intendentes para controlar el sistema financiero.
Las Cortes fueron instituciones que también sufrieron sus modificaciones: las de Castilla pasaron a ser las Cortes de Castilla y Aragón, trasladándose algunos procuradores aragoneses a Castilla; pero lo más más importante fue la pérdida de poder de las cortes con respecto a las de los Austrias. Se imponía así el absolutismo y el centralismo y prácticamente desaparecía la Corona de Aragón.