La expansión internacional de las relaciones comerciales ha hecho que el Derecho Tributario Internacional se haya tenido que adaptar a las nuevas circunstancias.
Es un hecho que la globalización ha significado para el sector comercial y empresarial un revulsivo, pero, también se ha dotado deuna enorme complejidad.
Es por ello que, cuando las ventas, la fabricación, las importaciones y exportaciones son una realidad para las empresas que contar con una figura experta en Derecho Tributario Internacional se haga imprescindible.
Así pues, es conveniente, también, saber en qué ámbitos influyen las obligaciones fiscales de las empresas, comerciales y entidades que ejecutan su actividad en mercados globales y que traspasan fronteras.
Lo primero que hay que saber es que cada país tiene sus propias normas internas, sin embargo, existen consensos que traspasan las fronteras y que se definen continuamente en los organismos de representación internacional y en bilateralidades.
En todo caso, para ampliar esos conocimientos se puede ver regiondigital y conocer cuáles son las principales figuras legales del Derecho Tributario Internacional y de cómo influye en las relaciones comerciales y mercantiles entre estados.
Conceptos útiles para empresas que operan a nivel global
En este punto, se van a destacar cuáles son las figuras y los parámetros que toman más importancia a la hora de establecer los criterios en los que se basa el Derecho Tributario Internacional cuando expone las normas que rigen las obligaciones que las empresas han de cumplir.
Es por ello que, cada vez más, los inversores, los grandes capitales y las multinacionales cuentan con asesoría específica en este ámbito.
El hecho de evitar desigualdades y, sobre todo, aplicar una justa fiscalidad es lo que determina que, muchas veces, se trasladan de domicilio fiscal con todo lo que conlleva.
La fuente de ingreso y la sede fiscal central
Estos dos conceptos serán los primeros en tener en cuenta a la hora de tributar impuestos, tasas y otras obligaciones legales y fiscales de cualquier empresa.
Se entiende que, el territorio donde se ubica la sede fiscal de la compañía es dónde se tributa. Eso es fácil de conocer ya que se tratará de un domicilio físico.
Sin embargo, los conflictos internacionales surgen en cuanto al tributo de las ganancias y beneficios, pues eso es más complejo de determinar.
Las diferentes legislaciones contemplan, en algunos países la residencia fiscal y en otro las ganancias, para tributar. Lo que no se puede generar son las dobles imposiciones que lleva al segundo punto.
Las dobles imposiciones y cómo evitarlas
Es aquí donde entran en juego las relaciones de diplomacia e interpretación de las legislaciones locales, frente a las de otros países.
Son muy necesarios, aquí, los acuerdos entre países y que se establezcan convenios amplios y bien estructurados que eviten la libre interpretación.
Lo que hacen es establecer cómo se aplican los impuestos, como fiscalizan las ganancias y cómo tributan las obligaciones comerciales.
Para ello, ambos estados o uniones de estados, diseñan un panorama que evita gravar por duplicados o aplica las exenciones y beneficios con tal fin.
Unificar criterios en la transferencia económica para evitar fraudes
Ocurre que cuando las empresas tienen filiales en otros países se tenga la tentación de realizar los flujos económicos y financieros en aquellas regiones con más beneficio fiscal.
Sin embargo, se establece que todas las transferencias tengan un precio de mercado que evite esta mala praxis y, por ende, evitar que los mal llamados paraísos fiscales sean un problema para las economías de los estados.
El fraude fiscal, evitarlo y perseguirlo
Como eje fundamental del Derecho Tributario Internacional existe el hecho de que las empresas y de que todas las relaciones mercantiles globales estén basadas en criterios de legalidad.
La evasión de impuestos y el fraude son las prácticas a erradicar. Por eso, no solo las empresas, sino que los estados, cada vez más, están enfocados a establecer las barreras pertinentes para conseguir que no ocurran estos fraudes.
Retos actuales del Derecho Tributario Internacional
Los negocios que establecen sus sedes en el entorno digital están suponiendo un absoluto reto para las entidades fiscales de los estados donde operan estas compañías.
Es por ello que se está trabajando hacia un sistema en el que existan normativas que acepten todos los países o gran parte de ellos que eviten que estas empresas eludan impuestos.
Por otro lado, otras circunstancias que trae de cabeza al Derecho Tributario Internacional es el hecho de que los grandes inversores con capital extranjero hayan permitido que ciertos países hayan optado por políticas fiscales de preferencia, lo cual hace que aparezca una flagrante competencia fiscal agresiva y que embarra a ciertas economías.
Como ese hecho se ha traducido en que los estados estén recaudando menos, se trabaja en establecer unos estándares a fin de que no se produzcan semejantes deslealtades económicas y fiscales.
A modo resumen, queda bastante patente la importancia que tiene para las empresas que operan en el panorama global contar con una buena y adecuada asesoría en Derecho Tributario Internacional.
Por un lado, con la pretensión de que no se salten la norma y la legislación aplicable en cada caso. Por otro, que no incurran en riesgos fiscales evitando, a toda costa, las posibles causas legales adversas que conlleva.
En definitiva, la globalidad tiene su parte positiva, pero también una serie de obligaciones que no siempre están del todo bien definidas.
También hay que tener muy en cuenta el hecho de anticiparse a los posibles cambios y cuando estos se produzcan que no afecten a la gestión propia de las empresas y sus filiales.
Esto es posible, solamente, gracias a la intervención profesional de los asesores en Derecho Tributario Internacional que, además de gran ayuda, ofrecen experiencia y solvencia.