Respetar los derechos de los animales es una característica fundamental de las sociedades más civilizadas. La comunidad científica ha logrado demostrar empíricamente que los argumentos esgrimidos durante tantos siglos por los antiguos juristas del derecho animal, para distanciar al ser humano de los animales, carecen de justificación alguna.
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Derechos de los animales en 2020
Los animales, al igual que los humanos, son merecedores de los mismos derechos que la mera existencia confiere a los seres vivos. En consecuencia, los derechos de los animales deben respetarse, porque, contrariamente a lo que antiguamente se creía, hoy en día por fin se les considera lo que son: seres sintientes.
A nivel mundial, existen diferentes normas, declaraciones, tratados, iniciativas y campañas que promueven la protección de los derechos de los animales. No obstante, son las leyes de protección animal de cada país las que determinan sus facultades.
Declaración Universal de los Derechos del Animal
Se trata de un manifiesto proclamado en fecha 15/10/1978, en Londres, específicamente en la sede la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Pese a que este manifiesto no fue formalmente suscrito por los estados miembros de la ONU, esto no le resta eficacia, ni validez.
La puesta en práctica de este documento ha sido patrocinada por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y su valor radica en que ha servido de basamento reglamentario para sustentar la aplicación de las legislaciones de protección animal promulgadas en España y México.
A continuación, se cita la Declaración Universal de los Derechos de los Animales:
Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:
Artículo 1: Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia;
Artículo 2: a) Todo animal tiene derecho al respeto; b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales; c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre;
Artículo 3: a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles; b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia;
Artículo 4: a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse; b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho;
Artículo 5: a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie; b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho;
Artículo 6: a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural; b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante;
Artículo 7: Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo;
Artículo 8: a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación; b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas;
Artículo 9: Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor;
Artículo 10: a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre; b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal;
Artículo 11: Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida;
Artículo 12: a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie; b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio;
Artículo 13: a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto; b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal;
Artículo 14: a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental; b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son, los derechos del hombre.
Leyes de protección animal
La normativa jurídica de derecho animal en España y México, inspirada en la Declaración Universal de los Derechos del Animal, es la siguiente:
Leyes de protección animal en España
En el ámbito de la protección animal del país ibérico, se encuentra en primer lugar, el Código Penal, que rige a escala nacional y en segundo lugar, la legislación autonómica local, que varía en los principales Ayuntamientos, existiendo tantas ordenanzas municipales como comunidades existen, siendo más relevantes, las siguientes:
Código Penal
Como norma general aplicable en todo el territorio español, el Código Penal sanciona la infracción de los derechos de los animales en España. Su última reforma del 1/7/2015, en su artículo 337, establece que el maltrato animal es un delito común, castigándolo con pena de prisión de 6 hasta 18 meses e inhabilitación de 2 a 4 años.
Normas de la Comunidad de Madrid
La Ley 4/2016 del 22 de julio, de protección de los animales de compañía de la Comunidad de Madrid, estipula en sus artículos 27, 28 y 29, infracciones leves, graves y muy graves, entre las cuales se sanciona el maltrato, el abandono y el sacrificio de animales, con multas que van de 300€ a 45.000€, de acuerdo a la gravedad del caso.
Normas de Andalucía
La Ley N° 11/2003, de protección de los animales de la localidad de Andalucía, prohíbe expresamente cualquier forma de maltrato animal, así como exponerlos a situaciones que les causen sufrimiento o dolor o no facilitarles la alimentación adecuada. Esta ley castiga con multas que van de 75€ a 30.000€, conforme al nivel de riesgo del caso.
Normas de Cataluña
El Decreto 2/2008 del 15 de abril, aprueba la legislación de protección de animales, cuya última reforma contenida en la Ley N° 22/2015 del 29 de julio, en su artículo 6, añade los espectáculos de circo a las prohibiciones, así como las peleas y matanzas publicas de animales, sancionándolas con multas que pueden alcanzar hasta 20.000€.
Normas de Castilla-La Mancha
La Ley N° 7/2020, de bienestar, protección y defensa animal de Castilla-La Mancha, del 31/08/2020, castiga la crueldad y el maltrato animal para evitarles sufrimiento s o angustias innecesarias. La norma, que entrará en vigor el 7/3/2021, considera a los animales seres sensibles y prohíbe su maltrato, abandono, sacrificio o mutilación.
Normas de Galicia
La Ley N° 4/2017, de protección y bienestar de los animales de compañía de Galicia, promulgada el 3/10/2017, en su artículo 9, prohíbe el maltrato y abandono animal, así como la utilización de cualquier mecanismo destinado a limitar o impedir su movilidad o que les produzca dolor, daños, sufrimientos, menoscabo o estrés innecesarios.
Normas de La Rioja
Ley N° 6/2018, de protección de los animales de fecha 26/11/2018 de la Comunidad Autónoma de la Rioja, modificada por la Ley N° 2/2020, del 30 de enero, castiga en su artículo 7, toda forma de maltrato y abandono animal. En la referida ley, se prohíbe mantener animales atados o encerrados en condiciones que les provoque aflicción.
No obstante, la vigencia de la Ley N° 6/2018 y su reforma N° 2/2020, es parcial, por cuanto el Tribunal Supremo declaró en julio de 2020, la inconstitucionalidad y nulidad de los apartados 8, 10, 11, 12 y 14 del art. 7 de la mencionada disposición legal, por considerar que se invaden competencias de la legislación civil.
Normas de Valencia
La Ley N° 4/1994, sobre protección de los animales de compañía de fecha 8/7/1994, reformada por la Ley N° 12/2009 del 23 de diciembre, prevé la prohibición del maltrato animal, permitiendo el sacrificio de animales, cuando sea justificado por recomendación veterinaria, con un método que garantice la ausencia de sufrimiento.
Actualmente el pleno del Consell, discute el anteproyecto de la ley de protección de animales. Su finalidad es la eliminación del abandono y maltrato animal. El proyecto, establecerá una prohibición general de sacrificios de animales, endureciendo las multas, que podrían alcanzar hasta 45.000€.
Leyes de protección animal en México
En el país azteca no existe una ley nacional que brinde protección a los animales. No obstante, la mayoría de los estados (salvo Oaxaca) han aprobado sus propias leyes contra el maltrato animal:
Ley de Protección a los animales del Distrito Federal
Entró en vigor en la Ciudad de México el 26/2/2002, siendo su última reforma publicada en fecha 4/5/2018. Su objetivo es proteger la vida animal, así como garantizarles el derecho a un trato digno y respetuoso durante toda su vida.
Ley de Protección a los animales para el estado de Veracruz
La Ley N° 876 promulgada el 28/10/2010 y reformada el 23/8/2018, endurece las sanciones contra los actos de maltrato y crueldad animal. Los delitos contra los animales, se sancionan con prisión de 6 meses a 2 años y multas que van de 50 a 100 salarios mínimos.
Ley de Protección a los animales domésticos del Estado de Baja California
La ley de protección animal del 8/12/1997 y reformada en enero de 2019, mediante el Decreto N° 257, prevé la responsabilidad penal de quien emplee animales para exhibir contiendas o peleas. La crueldad animal prevista en el artículo 14, se castiga con multa de 10 a 30 veces el valor diario equivalente a la unidad de medida vigente.
La anterior normativa se inspira en el derecho a ser oído, consagrado en el artículo 10 de los derechos humanos. Así mismo, ante cualquier forma de maltrato animal, se priva al infractor de su tenencia y se le garantiza refugio al animal, asimilando este derecho a la prerrogativa prevista en el articulo 14 de los derechos humanos.
Leyes de protección animal en el mundo
Las legislaciones de bienestar animal más progresistas del planeta son:
Bélgica
El Código de Bienestar Animal, aprobado por el Parlamento de Valonia el 3/10/2018, es considerado como el más avanzado del planeta. Avala animales en libertad y estipula que el maltrato animal es un delito grave que acarrea pena de prisión de 10 a 15 años y multas que ascienden a 10.000.000€.
Suiza
La Ley Federal de Protección de Animales, modificada en 2018, garantiza la dignidad animal. La normativa helvética, ha sido definida como una de las más estrictas del mundo, al otorgarles el derecho a un abogado a los animales. En cuanto a los derechos de los animales para niños, la ley obliga a hacer un curso previo a quien desee adoptar una mascota.
Australia
La Ley de Animales Domésticos A2000-86, cuya última reforma ha sido aprobada en el decreto A2020-42 de fecha 28/8/2020, fomenta la tenencia responsable de mascotas, reconociendo sus sentimientos. La norma, impone la tolerancia cero a la crueldad animal, castigándola con prisión de hasta 5 años y multas que ascienden a 40.400€.
Alemania
La norma germánica, de rango constitucional, aboga por los animales libres respecto a las especies no susceptibles de domesticación. En relación a estos últimos, en la Ley de Bienestar Animal publicada en agosto de 2020, se impone la obligación de pasear 2 veces al día a las mascotas.
El derecho a la libertad animal previsto en la normativa alemana se otorga sin distinción alguna, lo cual se asemeja al artículo 2 de los derechos humanos.
EE. UU.
La Ley de Protección contra la Crueldad y Tortura Animal, aprobada por el Senado de EEUU, en noviembre de 2019, considera que el maltrato animal es un crimen federal, castigándolo con 7 años de prisión. La norma norteamericana, fomenta la labor de tener conocimiento sobre cómo son los animales, enalteciendo la información sobre animales.
Grecia
El 5/11/2020, el Parlamento helénico, ante el creciente número de casos de crueldad hacia los animales, reformó la Ley de Protección contra el Maltrato Animal, castigándolo con penas de hasta 10 años de prisión, convirtiéndose en el país con las condenas más severas del planeta. En la legislación helena, prepondera el articulo sobre el derecho a la vida.
La novedosa ley hace énfasis en castigar las torturas, tratos crueles y degradantes hacia los animales, inspirándose en el artículo 5 de los derechos humanos.
Costa Rica
La Ley N° 9458, de Bienestar Animal de fecha 26/6/2017, está entre las más adelantadas del mundo. Aunque el ámbito de aplicación de esta ley sólo incluya a animales domésticos, el país costarricense es una nación avanzada en materia de protección animal, pues ha sido la primera nación del planeta, en prohibir la caza y los zoológicos, así como fomentar la libertad animal.
Brasil
La Ley N° 14064 contra el Maltrato Animal, sancionada por el Gobierno de Brasil en fecha 29/9/2020, impone condenas de hasta 5 años de prisión. De igual manera, el culpable del delito de maltrato animal deberá enfrentar multas de hasta 30.000€, así como la prohibición de por vida de adoptar mascotas.
Maltrato, explotación y asesinato
Algunas de las modalidades de crueldad hacia los animales, son las siguientes:
Industria alimentaria
Usar animales para elaborar alimentos es frecuente. Se estima que la forma de explotación que más destruye a los animales es emplearlos como comida, no solo respecto al consumo de carne, sino también a productos de origen animal. No se justifica su muerte bajo el pretexto de que existan “animales malos”.
Las organizaciones protectoras de animales, como el “El Refugio” con sede en Madrid, denuncian que en las granjas se les tortura despiadadamente. Las aves, como gallinas, patos y gansos, viven hacinadas y en constante sufrimiento.
Existen también prácticas más crueles en la industria cárnica, como la alimentación forzada de las ocas para fabricar paté, las amputaciones a los cerdos y la separación de los terneros de las vacas para extraer la leche y volver a inseminarlas.
Industria de la moda
El uso de pieles de animales en la industria de la moda ha provocado la muerte innecesaria de innumerables especies. Sacrificar animales para la fabricación de abrigos de piel, sigue siendo un tema denunciado.
Zoológicos y espectáculos
Tener animales en cautiverio y fuera de su hábitat es cruel. Encarcelarlos en zoológicos, les causa sufrimiento. Algunos pueden enloquecer e incluso han ocurrido casos aislados donde animales violan a personas. Emplear animales para espectáculos en circos, además de maltrato y humillación, se considera un acto antinatural.
Caza
En España, según estadísticas oficiales de 2019, la caza ha dejado la cifra de 30 millones de animales nacionales muertos. En México, la cacería es ilegal, pero su práctica furtiva no se ha proscrito, siendo actualmente el país con mayor número de especies en peligro de extinción.
Otras industrias
Según la organización sin ánimos de lucro PETA (Personas para el trato ético de los animales) las corridas de toros, encierros, abusos, explotación, violencia, tiro al pichón, compraventa, mutilación y/o abandono, son algunas de las incontables modalidades de maltrato que infringen los derechos de los animales.
La trampa de las leyes de bienestar animal
Si bien es cierto que en la mayoría de los países se han promulgado leyes de bienestar animal que penalizan el maltrato, no es menos cierto que estas normas exhiben inmensas carencias y en lugar de favorecer su defensa y protección, muchas veces son creadas para limpiar la imagen de la industria y de animales que no existen.
Por ejemplo, representantes de PETA critican normas como la nueva Ley de Bienestar Animal de Castilla-La Mancha, que consiente diversas modalidades de tiro al pichón. Entonces, en lugar de velar por los derechos de los animales, lo único que suelen conseguir es que los animales sean explotados y asesinados en mejores condiciones.
Movimiento vegano abolicionista
El movimiento vegano abolicionista es una corriente de pensamiento que lucha por la liberación absoluta de los animales. La filosofía del vegano abolicionista va mucho más allá del veganismo tradicional, al que califican como bienestarista. Incluso, critican a aquellos que tienen mascotas, siendo muy radicales en sus argumentos.
Para los veganos abolicionistas, el bienestarismo es una farsa. Apuestan por un sistema de libertad total para los animales, quienes deberían vivir en su hábitat natural. De hecho, comparan la explotación animal con la esclavitud negra, para la que no vale mejorar la vida del esclavo sino más bien liberarlo.
Se trata de una doctrina extremadamente libertadora y pacifista que resguarda los derechos universales de los animales y se inspira en los siguientes ideales:
- Respeto incuestionable a la vida animal
- Libertad absoluta de los animales, proscribiendo su cautiverio
- Garantía de las cinco libertades de los animales: libres de sed, hambre, desnutrición, angustia, miedo e incomodidad física o térmica.
- Consideración de la capacidad de sentir de los animales
- Ética animal o atención moral a los derechos de los animales
- Abolición del maltrato, explotación y crueldad animal
- Vida sostenible a través de la educación vegana creativa y no violenta.
La idea del veganismo abolicionista fue originalmente desarrollada por el abogado norteamericano Gary L. Francione, quien, después de un debate sobre los derechos de los animales, se convirtió en precursor de esta corriente.
Declaración de Cambridge sobre la Consciencia de los Animales no Humanos
Es un documento suscrito por 13 sobresalientes neurocientíficos, entre ellos, Stephen Hawking, en la Universidad de Cambridge de Inglaterra, en fecha 7/7/2012. La declaración, tras examinar los sustratos neurobiológicos del comportamiento animal, concluyó inequívocamente que los animales tienen consciencia.
A partir de esa histórica Declaración, dirigida a la comunidad no científica y redactada por el científico canadiense Philip Low, quedó evidenciado que los humanos no son los únicos dotados de consciencia. Los animales, incluyendo los mamíferos, aves y otras especies, tienen la capacidad de percepción de la realidad y de reconocerse en ella.
El significativo escrito devela que los animales, en su fuero interno, son capaces de sentir empatía y experimentar estados afectivos similares a los del ser humano. De hecho, tienen la habilidad de exhibir comportamientos intencionales.
Al estar provistos de consciencia y quedar demostrado científicamente que los animales tienen emociones y sentimientos, existen motivos suficientes para conocerlos, entenderlos y defenderlos. Así pues, todo animal debería tener derecho al amparo ante la vulneración de sus libertades, por analogía del artículo 8 de los derechos humanos.
En materia de protección de los derechos de los animales, el hecho de que la ciencia haya confirmado que los animales sienten, es un grave avance. Esto debería servir para cambiar la forma en la que el ser humano se relaciona con ellos. Sin embargo, a 8 años de su vigencia, el texto de esta Declaración, ha sido poco difundido en la sociedad.
Los humanos siguen estando en deuda con los animales. Hace falta divulgar su consciencia y que se trata de seres sintientes, ambos hechos ratificados por el manifiesto de Cambridge. Solo así, se podrá garantizar el respeto a sus derechos y con ello detener el maltrato animal en todas sus vertientes (alimentación, moda, entretenimiento, deporte, etc.).
Claro está que los animales son conscientes de sí mismos y de su entorno, lo que los convierte en seres sintientes y precisamente por esa capacidad de sentir, merecen ser tratados con consideración y respeto. No son cosas, son seres cuya vida importa y por ello, resulta impostergable hacer cumplir sus derechos.
Los derechos que deberían tener los animales
El reconocimiento de la consciencia en los animales es un claro mensaje a la humanidad para respetar su vida, sobre todo teniendo en cuenta que muchas especies están en peligro de extinción. Hay que comprender que los animales tienen derechos y transmitirle a las colectividades de los distintos países la importancia de velar por ellos.
Por desgracia, en la mayoría de los sistemas jurídicos del mundo, los animales todavía se consideran objetos y no se les reconoce personalidad jurídica, cuando lo cierto es que la Declaración de Toulon, aprobada en Francia el 29/3/2019, les concede personalidad jurídica, siguiendo las premisas de la Declaración de Cambridge.
La protección de los derechos de los animales supone comprender que ellos no cuentan con los medios ni las herramientas necesarias para protegerse a sí mismos, lo que los hace vulnerables frente a la actividad humana. No está justificado en modo alguno que el hombre siga utilizando a los animales para sus propósitos particulares. Es un deber denunciar malos tratos a animales.
Por tratarse de seres conscientes y sintientes, nada impide que los animales sean titulares de los mismos derechos que las personas y que, incluso, sean vinculantes o de cumplimiento obligatorio, a saber:
Derecho a la vida, a la supervivencia y a la alimentación
Todo animal tiene derecho a la vida y a la conservación de su especie. Igualmente, tiene derecho al alimento como parte de su desarrollo integral, lo que supone asegurarle que sea un animal saludable, que esté bien nutrido y que viva en un entorno limpio y sano.
Derecho al bienestar y a una vida libre de violencia
El bienestar animal implica cubrir sus cinco necesidades fundamentales, esto es: que esté libre de hambre, de sed, de desnutrición, de miedos o angustias y de incomodidades térmicas o físicas. Así mismo, tiene derecho a una vida libre de maltrato o violencia.
Derecho al reconocimiento de personalidad jurídica
La personalidad jurídica no es más que el otorgamiento de derechos por parte de la legislación. Aunque existen leyes progresistas de protección animal, aún son muchas las que dicen que los animales no tienen derechos. Dotar de personalidad legal a los animales, en base a la Declaración de Toulon, les transmitiría mayor amparo.
De hecho, el reconocimiento de su personalidad jurídica se equipararía a lo estipulado en el artículo 6 de los derechos humanos. Lo anterior, le otorgaría a los animales la protección de igualdad ante la ley, concediéndoles el mismo derecho previsto en el artículo 7 de los derechos humanos.
Derecho a la salud
El derecho a la salud es vital, porque los animales suelen ser vulnerables frente a la mano del hombre. La salud involucra el oportuno acceso a servicios de atención veterinaria de calidad suficiente, en aras del bienestar animal.
Derecho a ser tratados con respeto y consideración
Por cuanto ya no es un tema controvertido que los animales son seres sintientes, tienen derecho a ser tratados con respeto en todo momento. Sus emociones y sentimientos, merecen atención, puesto que pueden sufrir de la misma forma que los humanos.
Derecho al descanso, no explotación y sostenibilidad
Toda reflexión en torno a la biodiversidad y al futuro sostenible del planeta, debe pasar por el respeto y la protección del derecho animal; por ello, todo animal tiene derecho al descanso y al esparcimiento. La no explotación equivale a lograr el máximo nivel de protección de los animales.
Preguntas frecuentes (FAQ)
» ¿Cuándo se crearon los derechos de los animales?
Los derechos de los animales fueron creados en fecha 15 de Octubre de 1978, en la Declaración Universal de los Derechos del Animal, a raíz de un manifiesto proclamado en Londres, específicamente, en la sede la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
» ¿Cuántos derechos tienen los animales?
Según la Declaración Universal de los Derechos del Animal de 1978, son 14 los derechos de los animales:
- Derecho a la vida
- Derecho al respeto
- Derecho a no ser maltratados
- Derecho a la libertad
- Derecho al crecimiento natural
- Derecho a la longevidad
- Derecho a la alimentación
- Derecho al descanso
- Derecho a la experimentación científica exenta de sufrimiento
- Derecho a no ser abandonados
- Derecho a no ser explotados
- Derecho a no ser sacrificados
- Derecho a no ser humillados
- Derecho a la protección integral de sus capacidades
» ¿En qué consisten los derechos de los animales?
Son condiciones inherentes a la vida y a la consciencia, que han de ser otorgadas a los animales de forma universal e inalienable, sin distinción alguna. Por el solo hecho de formar parte de la existencia viviente y conforme a los textos de animales, a la especie animal le corresponde los mismos derechos que los humanos.
» ¿Cuáles son los derechos de los animales destinados para la experimentación?
Todo animal destinado a la experimentación científica, médica o comercial, tiene derecho a no sufrir ni física ni psicológicamente. Solamente será justificable investigar animales o trabajos relacionados con animales, cuando no se les cause daño. Aunque desde el punto de vista ético, siguen existiendo razones validas para rechazar los ensayos clínicos con animales.
» ¿Cómo defender los derechos de los animales?
- Comienza por aplicar cambios personales, como convertirte al veganismo y ser consciente de que tus acciones diarias, por insignificantes que sean, pueden provocar sufrimiento animal.
- Difunde a gran escala la consciencia animal y defiende que todos los animales son seres sintientes, igual que el humano.
- Denuncia su maltrato, no solo el día contra el maltrato animal o el día de los derechos de los animales, sino cada vez que te encuentres con una injusticia.
- Impulsa tanto en casa, como en el trabajo y en redes sociales, mensajes de concienciación y comparte documentos de divulgación, como la Declaración Universal de los Derechos del Animal, la Declaración de Cambridge y la Declaración de Toulon.
» ¿Cómo proteger los derechos de los animales?
- Deja de consumir productos de origen animal o cuya producción implique sufrimiento animal, por ejemplo, por pérdida de su hábitat.
- Deja de asistir a espectáculos en los que utilicen animales (directa o indirectamente).
- No compres ropa con componentes animales.
- Niégate a adquirir productos cosméticos de origen animal.
- Colabora con las organizaciones de protección animal.
» ¿Dónde se aprobaron los derechos de los animales?
Originariamente, los derechos de los animales se aprobaron en Londres, concretamente en la UNESCO, mediante la proclamación de la Declaración Universal de los Derechos del Animal. Luego fueron ratificados en 2012, en la Universidad de Cambridge (Londres) y, posteriormente, en 2019, en la Universidad de Toulon (Francia).
» ¿Por qué son importantes los derechos de los animales?
La importancia de velar por el máximo nivel de protección de los derechos de los animales permite sentar las bases del respeto que debe regular la relación de los humanos con el resto de los seres vivos. La vida de los animales es vida, no debería haber diferencia entre un animal y un ser humano en cuanto a la titularidad de sus derechos. La idea de diferencia es una noción humana para provecho del hombre.
Convertirse en defensor de los derechos de los animales implica reconocer la igualdad de todos los seres vivos que habitan el planeta. Desterrar el especismo y promover el veganismo es un avance fundamental para un mundo más equitativo que refleje un mayor nivel de evolución y, sobre todo, un profundo respeto hacia el derecho animal en particular y hacia la vida en general.